Debates y ponencias en el Congreso de la Nación de la República Argentina. Fuentes informativas: NOTICIAS IPI, RADIO RECOPE, RECOPE TV
GACETILLA DE PRENSA ENVIADA A NOTICIAS IPI
DIPUTADO PROPONE PROHIBIR
VENTA DE CELULARES BLOQUEADOS
A través de un proyecto de ley, el Diputado de la Nación Jorge Mario Alvarez -foto- (UCR – Santa Fe) propone la prohibición de venta de terminales de telefonía celular bloqueadas, que solo puede ser utilizadas en la red de la empresa que las provee. Por otra parte, en la misma iniciativa se ordena el desbloqueo, sin cargo para el usuario, de aquellas unidades que hayan sido provistas en el pasado sin cumplir esta condición.
En la actualidad las empresas de telefonía celular ofrecen a los consumidores la venta de equipos de comunicación en condiciones de ser utilizados únicamente en la red de su propiedad. Aquellos usuarios que quieren migrar a otra empresa se ven obligados a comprar un nuevo equipo o a desbloquearlos abonando cargos.
Esta situación contribuye a que se vulnere el derecho consagrado en el artículo 42º de la Constitución Nacional , donde se expresa que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de sus “intereses económicos” y a la “libertad de elección”. Agrega que “las autoridades proveerán a la protección de esos derechos”, “a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos”.
Evidentemente, la realidad actual en materia de venta de equipos de telefonía celular se da de bruces contra este máximo precepto instaurado por los constitucionalistas en la reforma de 1994, en lo que dieron en llamarse “Nuevos derechos y garantías”.
Además, el artículo 22 del reglamento aludido en el párrafo anterior dicta que “será nula de pleno derecho y se tendrá por no escrita, toda cláusula o disposición incluida en los contratos que restrinjan, alteren o distorsionen la plena vigencia de una efectiva y libre competencia en la prestación de los Servicios de Comunicaciones Móviles”. Es evidente que la venta de equipos que sólo se pueden utilizar en una sola prestadora está violando esta norma.
En otro sentido, el decreto 764/2000 del Poder Ejecutivo Nacional establece la portabilidad numérica. Dicha norma, permite a los usuarios migrar de empresa sin perder su número. Esta disposición reglamentaria que en la actualidad no se cumple, tiene su correlato lógico en la norma que aquí se propone: la situación actual limita la portabilidad numérica de hecho, ya que el consumidor tiene el derecho de mudarse de prestadora, pero podría sentirse sin posibilidades de concretarlo debido al costo que le originaría pagar los cargos de desbloqueo que las prestatarias cobran en la actualidad.
Cabe destacar que hay antecedentes en la región que ya han avanzado en el sentido de esta norma. Es el caso de Brasil que ya ha sancionado la portabilidad numérica y la venta de equipos liberados; esta disposición ha impactado a favor de los consumidores y la competencia.