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18 marzo 2016 5 18 /03 /marzo /2016 19:44
~~H.Cámara de Diputados de la Nación República Argentina
PROYECTO DE LEY
Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Nº de Expediente 0147-D-2016 Trámite Parlamentario 02 (02/03/2016)
Firmantes CONTI, DIANA BEATRIZ - PEDRINI, JUAN MANUEL - GAILLARD, ANA CAROLINA - GERVASONI, LAUTARO - TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA - GRANA, ADRIAN EDUARDO - CARLOTTO, REMO GERARDO - FERREYRA, ARACELI - GARRE, NILDA CELIA - DI TULLIO, JULIANA - RAMOS, ALEJANDRO - BREGMAN, MYRIAM - CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE.
Giro a Comisiones LEGISLACION PENAL; ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA; PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO.
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.- Incorpórese a la ley 23.737 el artículo 29 QUÁTER con el siguiente texto: Art. 29 QUÁRTER.- Se considerará legítima y autorizada la comisión de las conductas descriptas en los artículos 5 excepto los incisos c) y d), 10, 14 y 28 de la presente ley, ejercidas con la planta de cannabis sativa en todas sus variedades y compuestos activos, cuando la misma sea utilizada con fines terapéuticos o para la investigación de su posible eficacia como medicación terapéutica o para el control de síntomas o cuidados paliativos. Las conductas antes descriptas serán reglamentadas por la autoridad competente. Artículo 2°.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente: El presente proyecto fue presentado en el año 2014 bajo el número de expediente 0031-D- 2014.- El cáñamo (cannabis en latín) es una de las sustancias más utilizadas en la farmacopea tradicional europea desde la edad media hasta el siglo XX. Tras miles de años de convivencia con la humanidad sin problemas, el cannabis se prohíbe por primera vez en los Estados Unidos en 1937, desde entonces, una feroz campaña represiva y propagandística ha deteriorado la imagen de la planta ante los ojos de buena parte de la opinión pública mundial. En los últimos años, se ha producido algunos nuevos descubrimientos sobre aplicaciones terapéuticas para enfermedades de nuestro tiempo (SIDA, cáncer) y se han re descubierto muchas de las aplicaciones conocidas desde hace miles de años para otras dolencias (dolores de espalda, nauseas, dolores provocados por la menstruación, insomnio, etc.). La medicina tradicional describe perfectamente los dos efectos más importantes del cannabis sobre la salud: su valor analgésico y su utilidad como antiinflamatorio. Los antecedentes empíricos revelan que la utilización de compuestos cannabinoides y químicos de tetrahidrocannabinol (THC) han tenido resultados positivos para el tratamiento de ciertas afecciones. En particular, se ha considerado que "algunas de las virtudes terapéuticas que se atribuyen al cannabis son, por ejemplo, el alivio de la ansiedad y reducción de las náuseas provocadas por la quimioterapia. También está indicado para la pérdida de apetito en enfermos de sida, para los espasmos dolores en enfermos con esclerosis múltiple y para el incremento de la tensión ocular provocada por el glaucoma. Algunos estudios han destacado también el poder antiasmático que tiene el THC en pacientes con cierto tipo de insuficiencia respiratoria" (1). En similar sentido, se ha considerado que "[e]l uso terapéutico del cannabis, que se recetará bajo estricto control médico, 'se destinará para combatir los vómitos que provoca el tratamiento con quimioterapia y los efectos de la anorexia en enfermos de sida', ha asegurado el director general de Recursos Sanitarios de la Generalitat. 'También pretende aliviar los problemas musculares derivados de la esclerosis múltiple o amiotrófica, así como los dolores crónicos de sintomatologías que no respondan a otro tipo de pautas terapéuticas', ha añadido" (2). De manera coincidente, "los reportes del NIH y de la British Medical Association sugieren que la conocida característica de la marihuana de despertar el apetito, podría ayudar a los enfermos de SIDA y otras enfermedades en las que se sufren una gran pérdida de peso, al colaborar en la difícil tarea de recuperar la masa muscular perdida" (3) . Esto ha sido verificado en el estudio 'Utilización Terapéutica del Cannabis en el Estado español' realizado a partir de 2.250 pacientes de España, enfermos de cáncer de mama, sida y esclerosis múltiple que consumen esta sustancia. El 47% lo hace porque les ayuda a disminuir el dolor asociado al tratamiento de su enfermedad y todos aseguran que el resultado es satisfactorio (4). En Estados Unidos la prestigiosa Academia Nacional de Ciencias de EE.UU. se dedicó a estudiar el uso médico de la marihuana. Tras 18 meses de investigaciones, la Academia se pronunció a favor de la droga: consideró que el cannabis constituía un tratamiento potencialmente eficaz contra ciertos síntomas de enfermedades como el cáncer y el SIDA (5). La utilización de cannabis con fines medicinales se encuentra autorizado en 25 estados de los EE.UU en los cuales, dos de ellos (Colorado y Washington) han legalizado de manera recreativa y medicinal su uso. Más recientemente se ha publicado otro meta-estudio parecido centrado en la investigación de los efectos terapéuticos de los cannabinoides en Estados Unidos. Un equipo de la Universidad de Washington lo acaba de publicar en la revista Journal of Opioid Management. El estudio se llama Use of Cannabis in the United States: Historical Perspectives, Current Trends, and Future Directions. En este interesante artículo se desvela que, como mínimo hay 33 ensayos clínicos controlados científicamente publicados en Estados Unidos desde 1971 hasta 2009. La mayoría de estos estudios confirma que la marihuana tiene efectos beneficiosos en condiciones médicas específicas En el medio local, el neumonólogo fallecido Aquiles Roncoroni, ex miembro de la Academia Nacional de Medicina y ex Profesor Emérito de la Universidad de Buenos Aires señaló que a "veces las drogas de la farmacopea tradicional fracasan porque no todos reaccionan de la misma manera ante un tratamiento. En esos casos el cannabis puede ser eficaz". En el mismo sentido, el ex Ministro de Salud y Medio Ambiente, Ginés González García consideró que " para uso medicinal no debe ser prohibida. De hecho hace años que se utiliza la morfina y nadie dice nada" (6). En consonancia con esta realidad, las obligaciones internacionales establecidas por las Convenciones de la ONU habilitan el uso medicinal de la cannabis debido a sus virtudes terapéuticas. En particular, la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes de las Naciones Unidas, enmendada por el Protocolo de 1971 dice en el Preámbulo "Reconociendo que el uso médico de los estupefacientes continuará siendo indispensable para mitigar el dolor y que deben adoptarse las medidas necesarias para garantizar la disponibilidad de estupefacientes con tal fin". En coincidencia con este fin, en el art. 1, inc. 1 x) considera que no son existencias "las cantidades de estupefacientes que se encuentran en el país o territorio: iv) En poder de los farmacéuticos u otros distribuidores al por menor autorizados y de las instituciones o personas calificadas que ejerzan, con la debida autorización, funciones terapéuticas o científicas". El art. 4, por su parte, dispone que "Las Partes adoptarán todas las medidas legislativas y administrativas que puedan ser necesarias: a) Para dar cumplimiento a las disposiciones de la presente Convención en sus respectivos territorios; b) Para cooperar con los demás Estados en la ejecución de las disposiciones de la presente Convención, y c) Sin perjuicio de las disposiciones de la presente Convención, para limitar exclusivamente la producción, la fabricación, la exportación, la importación, la distribución, el comercio, el uso y la posesión de estupefacientes a los fines médicos y científicos". Cabe citar también el Convenio sobre sustancias sicotrópicas de 1971 de las Naciones Unidas, ratificada por la ley 17.818, que en su Preámbulo dice "Reconociendo que el uso de sustancias sicotrópicas para fines médicos y científicos es indispensable y que no debe restringirse indebidamente su disponibilidad para tales fines". Acorde con esta finalidad, en el art. 5 dispone que "Cada una de las Partes limitará el uso de las sustancias de la Lista I según lo dispuesto en el artículo 7". La mencionada lista incluye a la Cannabis y su resina y los extractos y tinturas de la Cannabis. Por su parte, el art. 7 establece que "En lo que respecta a las sustancias de la Lista I, las Partes: a) Prohibirán todo uso, excepto el que con fines científicos y fines médicos muy limitados hagan personas debidamente autorizadas en establecimientos médicos o científicos que estén bajo la fiscalización directa de sus gobiernos o expresamente aprobados por ellos". En coincidencia con esta normativa, el art. 16 dispone que podrán ser despachadas al público "Las preparaciones y especialidades medicinales que: a) Contengan estupefacientes incluidos en la lista I de la Convención Única sobre Estupefacientes del año 1.961 excepto la resina de cannabis, el concentrado de paja de adormidera y la heroína". Por otra parte, cabe destacar que el uso medicinal de la marihuana no debería ser castigado penalmente, ya que si bien la ley 23.737 penaliza la tenencia de drogas para consumo personal, el usuario se encontraría amparado por un estado de necesidad justificante debido a que provoca un mal menor para evitar un mal mayor, como expresamente dispone el art. 34 del Código Penal. Esto se debe a que realiza la conducta para superar ciertas afecciones o disminuir el dolor asegurando su derecho a la salud, bien jurídico de jerarquía constitucional al encontrarse expresamente reconocido en los tratados de derechos humanos incluidos en el art. 75, inc. 22 (7). Este bien jurídico es de jerarquía indudablemente superior a la salud pública, que es el bien que pretende tutelar la figura de tenencia de estupefacientes para consumo personal. Así también, debe repararse que el usuario actúa frente a un dolor o una afección inminente y grave, mientras que la supuesta puesta en peligro de la salud pública por su propia conducta es sumamente difusa y leve. En este sentido lo entendió un fallo jurisprudencial de marzo del 2006 de la Sala II de la Cámara Federal al considerar que "corresponde analizar si la imputada al tiempo del hecho sufría una dolencia física de tal magnitud que, dada su particular situación tanto económica como personal, la haya colocado en la necesidad de sobrellevarla mediante el consumo de los estupefacientes que le fueran secuestrados, de modo que esa tenencia pueda reputarse justificada". Se agregó que "surgen del descargo efectuado por la imputada y de otros elementos incorporados a la instrucción que apuntalan su versión, de los cuales se desprende la posible concurrencia de los presupuestos fácticos de una causa de justificación o de inculpabilidad que no ha sido tenida en cuenta hasta el momento, y merece ser considerada como una probable hipótesis desincriminatoria ya en esta etapa procesal, atento a la gravedad de la situación alegada". En dicha causa fue requerida la opinión del doctor Rodolfo Rothlin, titular del Departamento de Farmacología de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, quien confeccionó un informe incorporado al expediente donde establece que "el dronobinol o tetrahidrocannabinol, mayor metabolito activo de la planta cannabis sativa L (marihuana) ha sido aprobado por la Food and Drugs Administration (FDA) de Estados Unidos para su uso en el tratamiento de la anorexia asociada con pérdida de peso en pacientes con sida y de las náuseas asociadas al tratamiento quimioterapéutico en pacientes con cáncer y que no respondían a los tratamientos convencionales". Agregó que "existen otras condiciones en las cuales parecería tener beneficios, aunque no ha sido aprobado para esas patologías debido al hecho de que no existe suficiente evidencia clínica o los efectos adversos limitan su utilidad". Entre ellos se menciona el "cuadro de dolor crónico" (8). Finalmente, cabe reparar en el hecho que numerosos países desarrollados han permitido recientemente la venta de marihuana con fines medicinales. Entre dichos países se encuentran Estados Unidos, la administración de Barack Obama, ha aprobado el consumo de marihuana para uso medicinal. El Gobierno federal no perseguirá a proveedores y consumidores de marihuana medicinal, siempre que se respete la legislación estatal. El procurador general de Estados Unidos, Eric Holder, declaró que se dejará de invertir recursos federales para procesar a personas cuya actuación quede dentro del marco de la legislación estatal. Sí se continuará persiguiendo a los narcotraficantes de alto nivel, o a aquellos que abusen de la legislación para cubrir actividades ilícitas. Otros países que van en el mismo sentido son Alemania (por una decisión de Tribunal Constitucional en el 2000), Canadá desde el 2001 (9) y en Holanda la marihuana se vende en las farmacias desde el 2003 para este uso (10) (el consumo de marihuana está legalizado desde 1976) y, a partir del 2005, Cataluña (España) (11). En Uruguay, mediante la Ley 19.172 del año 2014 sobre Control y regulación del Estado de la importación, almacenamiento, comercialización y producción se establece en su Artículo 1(12) que "se declara de interés público toda acción tendiente a proteger, promover y mejorar la salud pública mediante una política orientada a minimizar los riesgos y a reducir los daños del uso del cannabis" con promoción de la información y educación sobre cualquier efecto adverso que pueda presentar dicho consumo. Por su parte el Artículo 3 de dicha Ley plantea que toda la población tiene derecho a gozar del más alto nivel de salud mientras que el Artículo 4 indica que la legalización y distribución por parte del Estado del Cannabis con fines médicos es una solución al flagelo internacional del crecimiento del narcotráfico, y de actividades ilícitas que hoy en día amenazan en nuestro país a los jóvenes y a las generaciones por venir. Por otro lado, es el Artículo 9 el que refiere a que "El Sistema Nacional Integrado de Salud deberá disponer de las políticas y dispositivos pertinentes para la promoción de la salud, la prevención del uso problemático de cannabis, así como disponer de los dispositivos de atención adecuados para el asesoramiento, orientación y tratamiento de los usuarios problemáticos de cannabis que así lo requieran." A su vez el Artículo 10 establece la importancia de que desde el sistema educativo se concientice y eduque sobre los efectos adversos y usos problemáticos del cannabis en el nivel primario, secundario, técnico-profesional, formación docente y universidad tecnológica. Lo innovador dentro del sistema de control del uso terapéutico del cannabis es la creación del Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA) cuya función consiste en: Otro Estado que se ha añadido a la cada vez más extensa lista de países que despenalizan el uso de Cannabis para fines terapéuticos es Colombia. Mediante el Decreto Nacional 2467/2015 la administración de Juan Manuel Santos ha modificado los Artículos 3, 5, 6 y 8 de la Ley 30 del año 1986 sobre tenencia y consumo de Estupefacientes. En el Artículo 3 (13) de dicha Ley se establece que la producción, exportación, importación, distribución, comercio, uso y posesión de estupefacientes, lo mismo que el cultivo de plantas de las cuales éstos se produzcan, se limitará a los fines médicos y científicos, conforme la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Salud. El Artículo 5 detalla, en su modificación realizada por el Decreto 2467/2015(14) que el control de las áreas de cultivo será llevado a cabo por el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE), en coordinación con los Ministerios de Agricultura y Salud. El CNE también se encargará de autorizar y designar las cantidades de semillas utilizadas para la plantación según el Artículo 6. Existe además, un estudio publicado de "The lancet psychiatry" donde se evaluó durante 24 años la respuesta de 1,1 millones de estudiantes de tres grupos de edades diferentes (13-14, 15-16 y 17-18) en Estados Unidos con respecto al consumo de Cannabis (15). Al momento de realizar la investigación 23 de los 50 Estados del país norteamericano ya contaban con legislaciones a favor del uso medicinal del Cannabis. Los resultados que arrojaron estos estudios fueron que en dichos Estados donde existían legislaciones a favor del consumo de marihuana para fines terapéuticos, si bien existía un incremento en el consumo entre adolescentes, el mismo era mínimo y era atribuible a otros factores como la facilidad al acceso, ya que el mismo había pasado de 13,2% a 15,8%. Pero el dato más significativo fue el que arrojó que en el rango etario más joven el consumo disminuyó drásticamente de 8,1% a 6% y esto se debe a que a partir de las legislaciones la marihuana ha dejado de ser vista, por parte de muchos jóvenes, como una sustancia recreativa para pasar a ser una sustancia medicinal. Este estudio tira por tierra aquella teoría que postula que la despenalización traería mayores problemas en cuanto a la cantidad de consumidores, ya que lo que demuestra es que la salud reclama mayores avances hacia nuevos métodos de tratamientos siempre y cuando sean reguladas, y distribuidas por Estados que se hagan cargo tanto del suministro responsable como de combatir y erradicar el tráfico ilegal de sustancias. Todo esto acompañado por una fuerte campaña de trabajo y concientización, sobre todo en el público más joven y adolescente de los usos responsables y efectos adversos que puede tener la marihuana en la etapa de desarrollo físico y mental. Teniendo en cuenta estos fundamentos, solicitamos a nuestros pares la aprobación de esta propuesta, destinada a autorizar expresamente el uso de compuestos cannabinoides y químicos de tetrahidrocannabinol (THC) con fines medicinales y para la investigación de su posible eficacia como medicación terapéutica o de control de síntomas. (1) http://www.elmundo.es/elmundosalud/2003/07/23/medicina/1058983 17 0.html. (2)http://elmundosalud.elmundo.es/elmundosalud/2005/01/31/ m edicina/1107185003 .html (3)http://www.buenasalud.com/lib/ShowDoc.cfm?LibDocID=33 6 1& ReturnCatID=1892. (4) http://www.elmundo.es/elmundosalud/2004/03/31/industria/10807455 5 8.html. (5)http://www.infoarda.org.ar/bolet%EDn%20131.htm. Clarín Digital del 23 de septiembre del 2003. (6) http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-47334-2005-02- 14.html. (7) En particular, cabe citar art. 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, art XI de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y el art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (8) http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-64229-2006-03- 13.html (9)http://elmundosalud.elmundo.es/elmundosalud/2001/07/16/ m edicina/995279046. html. (10) http://www.elmundo.es/elmundosalud/2003/09/01/medicina/1062411 27 6.html. http://www.rnw.nl/es/espa%C3%B1ol/article/primera- farmacia- de- cannabis-en-holanda (11)http://elmundosalud.elmundo.es/elmundosalud/2005/01/3 1/ medicina/1107185003 (12)http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=19172&Ancho r= (13) http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2774 (14)http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64206#0 (15) http://elpais.com/elpais/2015/06/16/ciencia/1434456902_940758.html
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31 marzo 2015 2 31 /03 /marzo /2015 20:35

(Video enviado a NOTICIAS IPI por Juan Cruz Castiñeiras, solicitando su publicación)

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7 marzo 2015 6 07 /03 /marzo /2015 21:35

(VIDEO ENVIADO POR JUAN CRUZ CASTIÑEIRA A NOTICIAS IPI PARA SU PUBLICACION EN ESTE SITIO)

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28 febrero 2015 6 28 /02 /febrero /2015 16:45
(GACETILLA DE PRENSA ENVIADA A NOTICIAS IPI)
Entrevista al Embajador (r) Abel Posse
Por: Juan Cruz Castiñeiras



¿Qué nos puede comentar de la formación del Estado Islámico (ISIS) ya que muchos medios hablan de él y pocos saben, a ciencia, cierta qué es?

ABEL.png
Es un tema importante que lleva a una reflexión muy profunda en la medida que nosotros estamos ante una cultura que se mueve más allá del mediterráneo hacia Asia.

Es una cultura dominante con un sentimiento religioso tal vez similar a la que tuvo la cristiandad en el siglo XVI y XVII. Quiere decir, que la violencia, la fuerza y el empuje del islamismo en cierto modo lo tenemos que comprender como una posibilidad religiosa que clesiona con una fuerza tan grande como la que tuvo el cristianismo en los siglos del Renacimiento, en los siglos donde se produjo la Conquista de América, las guerras, la inquisición, en fín formas muy criticables.
Ahora estamos ante un episodio muy mayor que es el episodio de la interpretación de la oposición entre las dos religiones, son dos religiones distintas donde la presencia de Cristo está instalada en la cosmovisión islámica.

Lo que es importante es ver que hay un choque cultural entre dos formas de vidas distintas. La pretensión occidental de marchar hacia el este “liberando” pueblos a favor de la democracia y de formas occidentales de vida para ellos es un profundo peligro de pérdida de su esencia.
De la esencia del fundamento islámico de la vida que es tan legítimo como el fundamento católico de la vida. Ahora que los católicos hayan renunciado o disminuido en algún momento su poder no quiere decir que el mundo islámico vaya a tener la misma respuesta.
No sabemos en que medida se van a poder encontrar estos dos universos y los conflictos de nuesta época ya no son sociales sino que son religiosos. Desde la religión se organizan sociedades distintas.

En este caso, hay una revolución cultural que rechaza la cultura occidental y se encuentra con una dimensión económica y de estados sometidos a grandes empresas que sobre pasa los límites de una cultura que es rechazada, la cultura del consumo, de la productividad eterna, del triunfalismo, de la exterioridad, de un erotismo que transciende los niveles elementales de la moral religiosa.

Todo eso es rechazado y creo que ahí está el núcleo de ese conflicto que no se comprende bien.
A ellos no les interesa dominar al mundo en sentido geográfico simplemente quieren garantizar su espacio cultural.
  
¿Por qué en los últimos años se ha “satanizado” a la República Islámica de Irán?

Irán era uno de los bastiones que quedaron de la vieja cultura de Persia, no hay que olvidadar que el fundador del nuevo estado islámico fue en realidad Jomeini después de la revolución que derriba al Shah de Persia . El fundamento que organiza el país fue a través de él, de la palabra de Jomeini que simplemente grababa muy humildes tapes en las afueras de París sentado en el piso en una especie de tienda muy pobre pero con una enorme espiritualidad empezó a convocar no en base al consumismo y belicismo que había instalado el Shah, sino que fue en base a una apertura, a una dimensión religiosa que aparentemente estaría en el pasado pero en el fondo va creando un futuro posible y probable para el hombre porque lo otro el universo del Shah fue muy dependiente de Occidente.

En Irán se produce esa reacción y quedó entonces esa especie de fortaleza muy fuerte, de alguna manera es un país muy bien organizado  y tendrá que recibir el mayor respeto para cualquier fórmula de paz que se quiera hacer en el Medio Oriente.

Después de las críticas de algunos medios a Ahmadineyad surgieron las críticas al Presidente Kim de Corea del norte. ¿A qué se debe que muchos medios también hayan satanizado al Presidente norcoreano?

Ese tema es más complejo porque interviene en una zona dominante de las Coreas, Japón, el sudeste asiático que es en gran parte la gran cultura china. Yo creo que eso cae en una esfera muy distina y muy fuerte.

El episodio de Corea del Norte viene de la división con Corea del Sur, en Corea del Sur se acepta una cultura externa, típica del mundo occidental a través de las grandes empresas se forman grandes empresas coreanas y Corea se transforma en uno de los productores de la sociedad consumista.

De la misma manera los coreanos del norte, elijen el otro camino ya no en una dirección religiosa sino en una situación no religiosa de política nacionalista. Corea del Norte es un bastión de resistencia a esta cultura occidental .

¿Por qué se hablan de Presidentes o líderes mundiales que pueden ser enemigos de la humanidad como Saddam Hussein, Al Gaddafi, el ex Presidente de Irán o el Presidente norcoreano?, ¿Por qué se habla de este temor a la hegemonía de algún país?

Eso forma parte de un sistema informativo que es deformativo, podrán decir lo que quieran de Saddam Hussein pero el pueblo iraquí no cree en las formas occidentales de construcción del poder, no creen en esa democracia, creen en otras formas democráticas de la vida que pasan incluso por lo religioso. Entonces, se busca demonizar.

Pero en el caso de Saddam Hussein fue el hombre al que le llevaron materiales nucleares y material militar en su guerra con Irán, ese material era occidental. El caso de Libia con Gaddafi fue un hombre que fue protegido por Francia, Inglaterra e Italia en la medida en que era un proveedor seguro de petróleo y gas para sus países. En ese sentido se demoniza, se acusa, se excluye pero eso no tiene un fundamento profundo. Con el tiempo nos damos cuenta que Hussein fue muy favorecido por occidente en el momento que Irán se imponía militarmente, después fue protegida Libia al punto tal que Gaddafi poco antes de ser asesinado era el amigo, lo recibia Berlusconi en su casa privada con todo el lujo en Cerdeña.

Entonces, se puede decir, ¿qué actualmente no hay ningún país que constituya algún peligro para la humanidad?

El peligro de la humanidad ha sido siempre el de la humanidad misma. Si un país cree que en el nombre del bien le da resultados su filosofía, sus mecanismos de gobiernos o mecanismos de poder para poder avanzar sobre otros países es un error.

Es un error que transforma una razón utilitaria improbable, es importante comprender que no hay una razón fundamental para justificar un occidente que siga creciendo sobre el resto del mundo para imponer una sociedad económicamente materialista, culturalmente bastante deficiente y religiosamente muy caída.

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16 febrero 2015 1 16 /02 /febrero /2015 19:44

GACETILLA DE PRENSA ENVIADA A NOTICIAS IPI

 

Embajador del Perú José Luis Pérez Sánchez Cerro

 


Embajada de Peru00FA¿Qué nos puede decir de estos 2 años de gestión al frente de la misión diplomática en Buenos Aires?


Es una gestión fructífera que engrandece y fortalece de alguna forma la amistad histórica entre Perú y Argentina. Entre lo más resaltante de la relación bilateral de los últimos años está la visita de la Presidenta de Argentina al Perú y viceversa. El año pasado vino en visita de estado el Presidente del Perú a Argentina, han venido también los Cancilleres del Perú hasta en dos oportunidades, ha ido el canciller argentino, han venido Ministros de Estado como el Ministro de Defensa del Perú y Argentina, ha habido una relación fluida entre los dos países hermanos a través de funcionarios de los diversos Ministerios y de los gobiernos centrales de ambos países. Yo estoy bastante satisfecho con el nivel de la relación, el nivel de respeto mutuo que existe en ella y en la relación en otras áreas, en otras actividades como la actividad científica, la actividad nuclear, la actividad de la cooperación y la actividad en el área cultural.


Uno de los temas más importante en la relación bilateral entre los países es la parte comercial. ¿Hay un déficit comercial en contra del Perú, en este caso puntual como piensa superarlo revertirlo?


Efectivamente hay un déficit importante con relación a la balanza comercial que favorece a Argentina en casi 10 veces. Esa es una preocupación de las autoridades comerciales del Perú y de los empresarios peruanos que desean establecer un mayor comercio con Argentina

El déficit se debe fundamentalmente a que las expotarciones argentinas hacia el Perú son en el campo del maíz y de la soja

Es un déficit que a través de los años esperamos se vaya acortando a través de las exportaciones peruanas sobre todo a través de la industria manufacturera y de la industri textil de la moda en las que el Perú realmente ostenta títulos de reconocimieto internacional.


Un tema importante en Perú es el fenómeno de la gastronomía a nivel mundial, ¿En este país como es el tema de la gastronomía peruana? , ¿Hay acogida en el público argentino?, ¿Cómo se está difundiendo el arte culinario en Buenos Aires?


La gastronomía peruana, efectivamente, es un producto de bandera del Perú, se estima que hay alrededor de 200 restaurantes peruanos en Buenos Aires, muchos de los cuales están, incluso, reconocidos internacionalmente.

Hay una cantidad considerable de peruanos que se dedica a esa actividad, hay una asociación de restaurantes peruanos- AGAPE- que se encarga de estandarizar el nivel de estos restaurantes a todo lo referente a las comidas como a los locales y hay una fuerte penetración de la gastronomía peruana en Argentina por su alta calidad.


Otro tema interesante es el auge del turismo que se puede explotar en el Perú, sobre todo, en el circuito de playas que tiene Lima.  ¿Cómo hace la Embajada del Perú en Buenos Aires para promocionar el turismo en el Perú?


La Embajada tiene una sección de turismo que realiza actividades periódicas que coordina con Prom Perú especialmente con las agencias y los mayoristas de turismo en Argentina que fomentan viajes de turistas  al Perú así como de empresas de turismo que desarrollan sus actividades en el Perú.

La estadística dice que hay 180 mil turistas argentinos que visitan el Perú regularmente y esa cifra se va incrementando año tras otro por la cercanía de ambos países en tan solo 4 horas de vuelo y por la amistad histórica y la actitud del peruano de recibir a los argentinos con los brazos abiertos y darle la mejor de las bienvenidas a nuestro país.


Se podría decir que ahora que el latinoamericano puede viajar libremente con su DNI por los países de la región, ¿Ha beneficiado el incremento turístico?


Sin duda que sí, es muy fácil desplazarse al Perú no se necesita pasaporte. En realidad por los acuerdos del MERCOSUR pueden viajar ciudadanos de ambos países solamente con el DNI y eso ha incementado las posibilidades de turismo de ambos lados porque también hay un turismo de peruanos hacia Argentina por las mismas facilidades que se le brinda aquí a los extranjeros en general y más a los hermanos latinoamericanos.

Hay una cantidad considerable de argentinos que viaja durante todo el año a Perú y desarrollan actividades de tipo comercial muchas veces, entonces la actividad turística esta hermanando a ambos pueblos.

En el Perú las playas están a 10 minutos de la capital y eso fomenta el interés de los argentinos de visitar el Perú, Lima y sus riquezas turísticas que hay a través de todo el Perú.


¿Se puede decir que la relación entre Argentina y Perú está pasando por un bien momento histórico?


Sí, sin duda, la relación entre ambos países que siempre ha sido una relación fraterna, una relación de hermanos está manteniendo su alto nivel histórico en cuando actividades culturales, políticas y en cuanto a la relación humana entre ciudadanos de ambos países.

En Argentina tenemos 7 consulados peruanos lo que demuestra el interés del pueblo y del gobierno del Perú en tener una presencia peruana para atender a nuetros connacionales y a los argentinos que se interesen en el Perú.


Por: Juan Cruz Castiñeiras

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1 noviembre 2014 6 01 /11 /noviembre /2014 19:37

 

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28 septiembre 2014 7 28 /09 /septiembre /2014 18:50

 

 

Reportaje al diputado nacional Omar Perotti (FPV-Santa Fe) en su calidad de presidente de la comisión del Grupo Parlamentario de Amistad con China en el Congreso de la Nación.

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19 julio 2014 6 19 /07 /julio /2014 20:55

 

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19 julio 2014 6 19 /07 /julio /2014 20:53

 

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10 mayo 2014 6 10 /05 /mayo /2014 12:38

 

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